Micelio
Auto22 de julio de 2021

A- de 2021

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Tema · dato duro
Acción De Lesividad Promovida Por Colpensiones Contra Acto Administrativo Que Concedió Prestación Pensional.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto Negativo De Competencia Entre Jurisdicciones
  • Contencioso Administrativo Laboral y Ordinaria Laboral
Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicción suscitado entre el Juzgado Octavo Oral Administrativo de Medellín y el Juzgado Diecisiete Laboral del Circuito de la misma ciudad.

La controversia entre los despachos judiciales involucrados se generó en torno a la acción de nulidad y restablecimiento del derecho que inició Colpensiones con la pretensión de que se declare la nulidad de un acto administrativo propio mediante el cual reconoció y ordenó el pago compartido de una pensión de sobrevivientes.

Después de verificar el cumplimiento de los tres presupuestos que se requieren para la configuración de un conflicto de competencia (subjetivo, objetivo, normativo), la Corte recordó que en el Auto 316/21 se estableció que, en los eventos en que una institución pública de seguridad social o un fondo de naturaleza pública a cargo del reconocimiento y/o pago de pensiones presenta una acción de nulidad y restablecimiento del derecho contra un acto propio, el conocimiento del asunto le corresponde a la jurisdicción contencioso administrativa, regla que se reiteró en los Autos 382 y 384 de 2021.

Con base en lo anterior se ordenó remitir el expediente al Juzgado Octavo Oral Administrativo de Medellín para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal Administrativo de Cundinamarca - Seccion Segunda - Subseccion C y el Juzgado Dieciocho Laboral del Circuito de Bogota, en el sentido de DECLARAR que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Seccion Segunda, Subseccion C es la autoridad competente para conocer del proceso promovido por COLPENSIONES.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaria General, REMITIR el expediente CJU-840 al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Seccion Segunda, Subseccion C para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decision a los interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.